Sigamos en contacto

Nota

Informe Alerta Argentina. La política de seguridad ciudadana. Caso testigo: la ciudad de Córdoba

Publicada

el

Con poquito aportás muchísimo ¡Sumate!

La ciudad de Córdoba constituye un espacio en el cual, al igual que en el resto del país, la problemática de la seguridad ocupa un lugar central en el debate público. La política de seguridad puede ser leída como uno de los ejes de planificación de la política pública del gobernador José Manuel De la Sota: la criminalización de la pobreza y la limpieza de la ciudad, a través de la relocalización de villas (presentados como creación de viviendas), el aumento exponencial del presupuesto policial y la creación del cuerpo especial de la Policía denominado Comando de Acción Preventiva.
Este informe se concentra en el accionar de las dos fuerzas de seguridad de la Provincia, la Policía y el Servicio Penitenciario a través de la presentación de dos líneas de trabajo que se vienen desarrollando en la ciudad por un conjunto de organizaciones sociales: la situación carcelaria en Córdoba, a través del caso del Motín en el Penal de San Martín en febrero de 2005; y la multiplicación de detenciones arbi-trarias a partir del uso de un Código de Faltas que vulnera derechos constitucionales básicos y permite un uso discrecional por parte de la policía de la provincia en función de la política de Seguridad. El importante aumento de presupuesto policial y de la implementación de una política fuer-temente represiva sobre los pobres, culmina en la elaboración de una Nueva ley de Seguridad que no contempla derechos básicos de los ciudadanos y profundiza la represión, marginación y estigmatización sobre los pobres, naturalizando la relación entre pobreza y delito.
La política de seguridad, elaborada con el asesoramiento del Manhattan Institute, sigue las pautas de la doctrina de la Tolerancia 0: una política que apunta al delito callejero, entendido como reflejo de la «corrupción moral» de una sociedad. De allí que reclame la intensificación del castigo al pequeño delito y a las infracciones menores. Estas políticas profundizan la selectividad del sistema penal, es decir, el hecho de que son los pobres quienes hoy llenan las cárceles de Córdoba. Al disociarse las causas estructurales que originan el delito, son los pobres quienes permanentemente son clientes de la Justicia por delitos menores.
La traducción de esta política a la política policial quedó clara en las denuncias publicadas por el diario La Mañana de Córdoba, donde aparecen las detenciones arbitrarias como condición para demostrar la «eficiencia» de la institución policial. «Por primera vez, policías admiten que hay órdenes expresas de «levantar a gente en las calles para abultar las estadísticas internas. La exigencia mínima es lograr de cinco a siete «contraventores» por patrulla y por turnos. Los que no cumplen, son sancionados con más horas de trabajo» . Las cifras de las estadísticas policiales hablan de la multiplicación de las detenciones por contravención en los últimos 3 años. Durante la primer mitad del año 2005 se realizaron 8.978 detenciones a través del Código de Faltas, mientras que en el año anterior, completo, se registraron 5.201 .
Esta situación, que multiplica el número de personas detenidas, junto al desen-tendimiento del Estado respecto de su responsabilidad sobre las condiciones y situación de quienes están presos -como parte de la sistemática política de implementación del neoliberalismo durante los ´90- ha sido clave para comprender el estallido que significó la rebelión del Penal de San Martín durante el mes de febrero de este año. Las condiciones de extremo hacinamiento , la vulneración de derechos básicos de quienes están presos a través del incumplimiento de la Ley Nº 24660, entre otras causas, desencadenaron uno de los hechos más importantes en la historia de la institución penitenciaria en la provincia.
En este marco, la respuesta del Gobernador de la Provincia dejó planteada con claridad su idea respecto de los problemas vinculados a la situación carcelaria y al lugar de la cárcel en la sociedad. En declaraciones del 10 de febrero, a horas de iniciado el motín, dijo: «El que va preso en Estados Unidos no tiene ningún derecho. Los presos son presos, no tienen visitas sexuales como en Argentina, o teléfonos públicos que algunos utilizan para hacer secuestros virtuales. Esa no es la rigurosidad que hay en Argentina en virtud de que nuestro país adhirió al Pacto de San José de Costa Rica», y remató: «El Pacto de San José de Costa Rica les concede algunos derechos que les dan algún margen de maniobra.» De este modo, el respeto de los derechos humanos es un problema para la política penal en la provincia, derechos que a su parecer son sólo para algunos: «Soy el Gobernador de todos los cordobeses, y lo soy para garantizar los derechos humanos de los que trabajan, de las familias, de los decentes.»
El Motín del 10 de febrero en el Penal de San Martín:
Las imágenes del Motín recorrieron el país, sin que existan demasiadas claves para comprender cuáles fueron los hechos, las causas y las consecuencias de la toma del Penal por más de 24 horas, en la que los presos tuvieron el control del establecimiento, de las armas del Servicio Penitenciario y donde las muertes que se registraron se produjeron afuera del Penal por parte de la Policía .
La situación previa: superpoblación carcelaria, condiciones de vida en el Penal e incumplimiento de la Ley Nacional Nº 24660.
Teniendo en cuenta la población penitenciaria del país en Diciembre de 2004, la Provincia de Córdoba ocupaba el tercer puesto con respecto a la cantidad de personas presas: 5.661. Superada sólo por el Servicio Peniten-ciario de la Provincia de Buenos Aires y el Servicio Penitenciario Federal.
Según las estadísticas del propio Servicio Penitenciario Córdoba (SPC) en mayo de 2005 había en toda la provincia una población penitenciaria total de 5.823 personas alojadas en estable-cimientos que tenían una capacidad total para albergar a 3.432 detenidos. En el caso del establecimiento penitenciario N° 2 de San Martín (Condenados, varones mayores de la capital) había 1.621 personas en un establecimiento que el SPC declara que tiene una capacidad real para alojar 850 personas . Esto representa para este establecimiento una sobrepoblación del 91%.
Según estos datos, en Córdoba existían en 2005, 5.823 presos alojados en cárceles que tienen una capacidad real de 3.432 plazas, existiendo en consecuencia una sobrepoblación de 2.391 internos. Los datos oficiales señalan que la situación de hacinamiento varía según el establecimiento, pero en general se puede observar una sobrepoblación del 70%. Las diferencias entre establecimientos también mere-cerían una lectura más profunda. Aquí no intentaremos realizar esta lectura, sólo nos limitaremos a señalar que los dos únicos establecimientos donde no se verifica sobrepoblación, corresponden a las unidades con modalidades menos coercitivas de detención: el estable-cimiento de semilibertad (EP 9) y el establecimiento abierto (EP 4).
Ni siquiera la moderna cárcel de Bouwer (donde se alojan los procesados) escapa a los problemas de sobrepoblación: en esta cárcel «modelo» ya se han construido camas cuchetas en espacios diseñados para alojar una sola persona.
Es de destacar que la edad promedio de las personas detenidas en las cárceles de Córdoba es de entre 23 y 27 años. El 95% son hombres y el 90% tenía residencia urbana al momento de su detención. El 88% de estas personas estaba desocupada o era trabajador de tiempo parcial (la mayoría changas) al momento de su ingreso a prisión. Con relación al nivel de instrucción, el 6% de los presos de la provincia son anal-fabetos, el 30 % no han finalizado la escuela primaria y el 40 % sólo ha logrado completar el nivel primario de escolaridad.
El 52% está condenado y el 48% de los presos no ha recibido aún condena. Entre los condenados el 59% es al primera vez que cumplen una condena.
Sin embargo el problema del hacina-miento no es el único que existía en el penal antes de la revuelta de los presos. Es, sí, el más visible y el más obvio, pero quizá no el más grave. A la situación de hacinamiento y condiciones de inhabitabilidad absoluta de las instala-ciones de la cárcel, hay que sumar la situación de incumplimiento sistemático de la ley y por ende de violación sistemática de derechos de los presos.
– El derecho al trabajo: el régimen laboral del penal no garantiza lo establecido por la Ley de Ejecución Penal para el tratamiento criminológico. La retri-bución salarial se encontraba entre los $21 a $50 por trabajos que van de 10 a 40 horas semanales; sólo existían alrede-dor de 300 puestos de trabajo para 1.636 reclusos, relacionados en su mayoría con tareas direc-tamente vinculadas al funcionamiento del estableci-miento penal (fajina, manteni-miento, limpieza) o con la atención de empleados y jefes de unidad (casina y cantina de los jefes). Es necesario destacar que la mayoría de los puestos de trabajo no están relacionados con las posibilidades laborales posteriores a la liberación.
– Inexistencia de Jueces de Ejecución: en la provincia de Córdoba no se ha implementado hasta la fecha la figura del Juez de Ejecución, cuya tarea es el control judicial de las condiciones en que se ejecutan las penas privativas de la libertad, alegando razones presupuestarias. Esta situación favorece las condiciones de ilegalidad y violación de derechos fundamentales que se vivía en el Penal antes del 10 de febrero (y que continúa), y se agudiza por la ausencia de control judicial de la ejecución de la Pena Privativa de la Libertad.
– La inconstitucionalidad de la (in) adecuación de la legislación provincial a la Ley nacional: la legislación vigente en Córdoba – que corresponde a la reglamen-tación de la Ley nacional Nº24660 que debían realizar las provin-cias- a pesar de la declaración de intenciones se aparta sustancial-mente de la misma, violando la jerarquía de leyes contemplada en la Constitución Nacional. Es así que deroga los capítulos 7 y 16 de la Ley Nacional, referidos al Trabajo y al Personal Peniten-ciario respectivamente. Esta derogación se realiza a través de un decreto del Poder Ejecutivo Provincial (1293/00) que también en sus anexos excede lo legis-lado a nivel nacional en materia disciplinaria a través de la introducción de sanciones no establecidas en la Ley, estable-ciendo una correlación entre faltas y sanciones que viola de modo explícito el principio de legalidad establecido en la Constitución Nacional.
El Motín:
La lectura que se hace respecto de lo sucedido en el Penal de Barrio San Martín es que no fue un motín organizado por los presos. La rebelión del 10 de Febrero cobró fuerza como una forma de denuncia pública y un reclamo explícito a la sociedad en su conjunto para que, como sociedad, conozca lo que sucede en el interior de la cárcel y se haga cargo de su responsabilidad al respecto.
Fue, sin duda alguna, un auténtico caso de ejercicio del derecho de resistencia ante la violación sistemática de derechos humanos de un sector de la sociedad que cotidianamente se ve vulnerado en los derechos más fundamentales de cualquier ciudadano de un Estado democrático.
Queremos destacar que las 8 muertes provocadas (5 reclusos, 2 guardia- cárceles y 1 policía) durante el Motín, se produjeron afuera del Penal, situación que da cuenta de la respuesta del Gobierno provincial a la situación.
La respuesta del Estado provincial
«No vamos a responder críticas infundadas; tenemos en claro lo que debemos hacer y lo estamos haciendo. Por eso estamos construyendo más cárceles que nadie.»
José Manuel De la Sota, 15 de febrero de 2005
Una vez desatada la rebelión el gobierno de la Provincia manejó la situación con total hermetismo, que se manifestó en el silencio y la falta de apertura al diálogo y a los ofrecimientos de diversos sectores de la sociedad para mediar en el conflicto por parte del Comité de Crisis que se constituyó a los pocos minutos del estallido. Frente al intento de los presos y de quienes intentaban mediar en el conflicto para lograr una salida pacífica y evitar la muerte de personas, el Gobernador dio a la policía la orden de «Tirar a matar»- como él mismo confirmó en una entrevista con Cadena 3-, provocando la muerte de 5 reclusos, 2 guardiacárceles y 1 policía de la provincia de las que el Gobernador De la Sota es directamente responsable.
En esa misma entrevista radial el Gobernador hizo declaraciones que dan cuenta de lo peligroso de su concepción restrictiva de los derechos humanos y la ciudadanía, desconociendo y cuestionando el Pacto de San José de Costa Rica incorporado con jerarquía constitucional en la Reforma de1994. En esa oportunidad señaló: «Soy el Gobernador de todos los cordobeses, y lo soy para garantizar los derechos humanos de los que trabajan, de las familias, de los decentes.» «No vamos a responder críticas infundadas; tenemos en claro lo que debemos hacer y lo estamos haciendo. Por eso estamos construyendo más cárceles que nadie.»
Queda claro, a partir de las declara-ciones del gobernador que la respuesta del Estado frente al reclamo de los presos por el estado de ilegalidad y violación sistemática de sus derechos, es sólo más cárceles y la negación de su calidad de ciudadanos y sujetos portadores de derechos.
En el ámbito de la Legislatura Provincial, se solicitó la interpelación del Ministro de Seguridad Carlos Alessandri para que diera cuenta de lo sucedido en el penal. Esta interpelación no pudo realizarse por la decisión del bloque de Legisladores de Unión por Córdoba de no someter a ningún ministro del ejecutivo a un procedimiento de este tipo.
Por otro lado se apartó de sus cargos a la anterior Jefa del Servicio Penitenciario, Lic. Graciela Lucientes de Funes, y al anterior Director del Penal de Barrio San Martín, Daniel Corso. Además se decidió la intervención del SPC designando interventor del mismo al Crio. My. Ricardo Bonaldi . Hasta la fecha, no se conocen los alcances de la intervención. Sólo se hizo pública la efectivización de 787 empleados penitenciarios que se encontraban en situación de contratados.
En el interior de la Penitenciaría, la respuesta ha sido la instalación de más rejas y el aumento de las restricciones y los controles para las salidas del pabellón. Los talleres de industria no se han vuelto a abrir; la panadería ha sido desmantelada y algunas versiones indican que no volverá a ser puesta en funcionamiento.
La respuesta de la Justicia
La investigación está a cargo del fiscal de instrucción Javier Paradaude, quien públicamente ratificó su decisión de investigar primero las causas de las muertes de los agentes de seguridad para luego pasar a investigar las causas de las muertes de los presos. El resultado de la misma lleva a la fecha la suma de 160 presos imputados por privación ilegítima de la libertad y/o robo calificado.
No hay ningún agente de seguridad imputado, a pesar de que se ha comprobado que, al menos, el guardiacárcel que iba en el camión es asesinado por balas de la Policía de la Provincia, en un acto de represión inne-cesario y alevoso, ya que no era imprescindible tirar a matar para impedir una fuga.
Además queremos resaltar que aún no hay resultados de la investigación por la muerte de 5 presos. Por el contrario, cuando la fiscalía solicita el archivo de la causa por la muerte del guardiacárcel Abregú, pide que se archive «el suceso histórico», suceso donde también murie-ron los reclusos. De este modo, queda clara su intención de no investigar la muerte de las otras 5 personas que murieron asesinadas en el mismo hecho.
Hasta ahora, la única causa donde se ha avanzado en la investigación tiene que ver con las denuncias concretas realizadas por vejaciones, tratos degradantes, apremios ilegales durante los sucesos de febrero en contra de los presos Esta es la única causa donde se ha avanzado en la investigación y la justicia estaría en condiciones de imputar por las torturas y vejaciones a que fueron sometidos los reclusos a un grupo de efectivos de la Policía de la Provincia de Córdoba (que cumplen funciones en la Alcaidía de Barrio Güemes) y del Servicio Penitenciario Córdoba.
Dentro de la justicia cordobesa el único magistrado que se hizo presente para verificar e interiorizarse del estado de los presos fue un camarista federal que se presentó en el penal para constatar la situación de los presos por causas federales. Al salir de la penitenciaría, el Dr. Pérez Villalobos realizó declara-ciones públicas absolutamente críticas y casi denunciantes sobre el estado deplorable en que se encontraban la población carcelaria y el propio edificio.
Recién dos meses después se presen-taron a requerimiento de los presos los jueces de cámara provincial, circuns-cribiéndose a sólo a recibir declaraciones testimoniales en oficinas sin ni siquiera recorrer algún pabellón para verificar el estado de los mismos, aduciendo causas de seguridad.
Nos interesa destacar cómo tanto las declaraciones del gobernador de la provincia, así como el ejercicio concreto del Poder Legislativo, su sostienen en una concepción de los presos como ciudadanos sin derechos, ya que para ellos no existe posibilidad de acceder a la Justicia.
Por otra parte, tal como se plante en la presentación del HABEAS CORPUS COLECTIVO CORRECTIVO el 11 de agosto de 2005 (Presentado por Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas), las condiciones de detención de los presos no sólo no han mejorado sino que han empeorado. A través de este recurso se solicita a la justicia que investigue si las condiciones de detención en las cárceles superpobladas de la provincia (4 o más personas en una celda de 2x3m, sin comida suficiente, sin asistencia médica, sin educación, sin trabajo, sin baños, en un ambiente de violencia cotidiana, entre otras cosas) son acordes a lo estable-cido por la legislación nacional e inter-nacional y los principios de dignidad y humanidad. Este recurso aún no ha sido resuelto por la justicia cordobesa a pesar de haber un antecedente directo en un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para un recurso similar presentado por la situación de los detenidos en la Provincia de Buenos Aires.
Frente a la complejidad de la proble-mática, la única respuesta conseguida ha sido la duplicación de las rejas antimotines en el Penal de San Martín y la construcción de más cárceles.
Se ha solicitado a lo largo de todo el año 2005 que se permita el ingreso de organizaciones de la sociedad civil y organismos de Derechos Humanos a los lugares de detención de personas para verificar el estado de los mismos y poder conversar con los detenidos a cerca de las condiciones en que viven. El Gobierno de la Provincia de Córdoba se ha negado sistemáticamente a autorizar estas visitas, sin dar explicaciones del porqué de su negativa.
Criminalización de la pobreza: Detenciones Arbitrarias y uso discrecional del Código de Faltas.
«Te obligan a detener a cualquiera, a cinco personas por día y por patrulla. Nosotros sabemos que le estamos jodiendo la vida, pero de eso depende que te puedas ir a tu casa luego de hacer las 17 horas de guardia. Vos sabés que el tipo no hizo nada, pero en ese momento sólo pensás en que no te recarguen», Raúl, cabo del Distrito 3 .
Tal como planteábamos al principio de este informe, el gobierno de la Provincia de Córdoba se adelantó a los reclamos por mayor seguridad que tomaron su punto cúlmine con las manifestaciones de J. C. Blumberg, ya que los lineamien-tos de esta política de seguridad están esbozados desde el principio del segun-do mandato del Gob. De la Sota con la creación de la denominada «Red Vida». La erradicación de villas, el barrido de los sujetos potencialmente peligrosos de las zonas públicas simbólicamente recono-cidas (lugares céntricos, barrios cotizados, plazas o parques) supone a la vez el barrido de derechos civiles y de la tarea niveladora del Estado en lo que respecta a la tarea social con grupos sociales precarizados, mientras se trabaja para el reposicionamiento de intereses económicos ligados a sectores con importante capacidad de inversión de capital , especialmente vinculados al mercado inmobiliario.
Esta suerte de problematización (Castel, 1995) de lo delictual ha puesto su acento en la «seguridad ciudadana», concibiendo a ésta «siempre y solamente en relación con los lugares públicos y de visibilidad pública o con relación a un pequeño número de delitos que entran en la así llamada criminalidad tradicional (sobre todo agresiones con violencia física a la persona y al patrimonio), que están en el sentido común y son dominantes en la alarma social y en el miedo a la criminalidad» . Esta afirmación, remite a reconocer cómo se fue abandonando una concepción de la seguridad que tenga en cuenta la provisión de garantías de derechos y de reaseguros sociales de toda la población, a toda persona que viva en un territorio, cualquiera sea, y por supuesto también la posibilidad de transitar sin riesgos de ser víctimas de diferentes presiones de la violencia en los espacios urbanos.
Es en este sentido en que nos interesa trabajar una lectura de la multiplicación de casos de detenciones arbitrarias que sufre en particular la población joven de los barrios periféricos de la ciudad de Córdoba a través de la aplicación del Código de Faltas; sobre todo, a través del uso de la figura del merodeo, que constituye un 78% de las detenciones por contravenciones.
La aplicación de esta figura del Código de Faltas de la mano de la política de seguridad del Gobierno de la Provincia de Córdoba genera mayor cantidad de arrestos y privaciones de libertad que las detenciones por la imputación de delitos.
El antecedente inmediato es la Ley 6392, de 1980, dictada durante el gobierno de facto del Gral. de Brigada Adolfo Sigwald, en consulta con el entonces Ministro del Interior Gral. Albano Harguindegui. En particular, la figura del merodeo se establece en la ley provincial Nº 7462 del año 1987, como artículo 45 bis y encuentra su antecedente más remoto en un edicto policial dictado el 28 de enero de 1869 por el jefe de la Policía de Córdoba.
En los casos de aplicación del Código de Faltas provincial, la policía es la encargada tanto de efectuar la detención como de investigar, acusar, y juzgar la falta cometida. Esta facultad policial, constituye un importante dispositivo de control, ya que «en los hechos es el poder policial el que maneja y gestiona la (in)seguridad ciudadana (Ferrajoli, 1989) y no como se cree, esa institución subordinada a la Justicia» . Con esta práctica se desconoce un principio básico del Estado de Derecho, ya que al recaer sobre la misma persona e institución la potestad de acusar y juzgar, desaparece la división de funciones que se establece como una garantía para el ciudadano y como un límite para el ejercicio de poder por parte de los funcionarios.
Nos interesa destacar que las conductas tipificadas en el citado Código son sumamente difusas, vagas e imprecisas sin que se detalle en forma clara y precisa la acción ilícita, es decir, el daño concreto provocado. Esto implica una violación al principio de legalidad que exige una descripción precisa de las conductas que la ley prohíbe. La mayoría de las mismas se focalizan en la descripción de condiciones de vida de las personas, tales como la «vagancia», la «mendicidad», «la prostitución» o normas de civilidad tales como desórdenes en la vía pública, o falta de respeto a las mujeres .
De este modo, la aplicación de las normas contravencionales constituye en la práctica el ejercicio de una política de control, selectiva y arbitraria en manos de la agencia policial, de la mano de una política de seguridad represiva pensada y puesta en práctica desde la redacción misma del Código de Faltas y sus posteriores modificaciones. Cabe señalar que la última modificación fue realizada por pedido del Gobernador De la Sota, y prevé entre otras cosas, que la pena de arresto pueda extenderse hasta 90 días en algunos casos, ampliando el límite legal de detenciones por contraven- ciones.
Observaciones sobre el Código de Faltas de la Provincia de Córdoba.
En el Código de Faltas se encuentran vulnerados principios y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución, tanto Nacional como Provincial, así como en los tratados internacionales de Derechos Humanos.
– La inconstitucionalidad surge de la violación de las garantías básicas de la Constitución nacional previstas en el Art 18: privación de la libertad sólo con orden judicial, inviolabilidad de la defensa en juicio, condena de privación de libertad sólo como consecuencia de un juicio previo regular y legal con la intervención de un juez.
– El procedimiento Contravencional mutila la acción de la Justicia en el proceso de detención de una persona, ya que otorga al Jefe de Policía la autoridad de «dictar sentencia» contra un presunto contraventor y sólo interviene la justicia en el caso en que el detenido «conozca su derecho» a apelar ante el juez de faltas, para lo cual tiene un exiguo plazo de 48 horas. a quien no otorga el recurso de apelación a la Justicia.
– El Código de Faltas plantea una Justicia Contravencional que reproduce la lógica de la Justicia Penal, con la diferencia de que es implementada por personal policial sin ninguna formación jurídica. Así, su única respuesta es la sanción punitiva centrada en el arresto, cuando se supone que se caracteriza por ser una sanción que debe ser aplicada como último recurso o de estricta necesidad, recurriendo a este tipo de pena de manera discrecional e ilimitada.
– La prueba que demuestra la falta se limita por lo general a las declaraciones de los propios agentes que realizaron la deten-ción. Estas declaraciones debe-rían valorarse con particular cui-dado ya que los policías están obligados, en su propio interés, a justificar su conducta.
De este modo, el supuesto contraventor se enfrenta a un poder total que lo detiene, declara y reúne la prueba en su contra, sostiene la acusación y establece la pena. La suma de las funciones de acusar y juzgar en un mismo órgano vulnera de manera flagrante los princi-pios constitucionales de independencia e imparcialidad y viola, por ende, el derecho del contraventor de obtener una sentencia justa.
En particular, en lo que hace a la figura de merodeo, es necesario destacar que:
– La incorporación de una presunción de sospecha delictiva que autorice la intervención policial por un supuesto «estado de peligrosidad» del contraventor contradice la propia Constitución Nacional y diferentes Tratados Internacionales.
– A diferencia de lo que sucede en nuestro Código de Faltas, el comportamiento punible debe estar perfectamente determinado en forma previa y de manera válida general, de manera que la sanción no quede sólo en el arbitrio de los agentes estatales.
– El merodeo sin motivo -esto es, el simple ejercicio del derecho a la libertad ambulatoria- se plantea en los siguientes términos: «en forma susceptible de causar alarma o inquietud a quienes estuvieren en esos lugares» .
– Una característica común de muchas de las figuras contravenciones de la que el merodeo es ejemplificadora, consiste en sancionar compor-tamientos no por el peligro o daño que el comportamiento acarrea en sí mismo, sino por la impresión -el juicio subjetivo- que el comportamiento provoca en terceras personas.
La política policial: engrosar las estadísticas.
En una provincia en la que existe una estructura policial específicamente destinada a la vigilancia de las zonas más pobres y de menor acceso a derechos básicos, como el Comando de Acción Preventiva de la provincia de Córdoba, los términos en que se encuentra redactado el Código de Faltas constituye una herramienta eficaz. Tal como lo establece la Doctrina de Tolerancia Cero, se pretende generar una sensación tranquilidad, seguridad e imagen de orden para las clases medias y altas a través de la violación de derechos básicos de los sectores más desprotegidos de la población. Por ello mismo, cabe preguntarse de qué seguridad hablamos cuando gran parte de los ciudadanos de esta provincia se sienten amenazados por la aplicación de una normativa legal que permite seleccionar arbitrariamente quiénes pueden ser detenidos sin motivo fundado. En este sentido, es posible hablar de la traducción concreta de la Doctrina de Tolerancia O: «En la fuerza te van adoctrinando: por ser morocho y vivir en un barrio son potencialmente delincuentes. Hay mucho de portación de rostro: es la franja más débil y la más fácil de apremiar con detenciones», admitió, de manera inaudita, Jorge, un suboficial del Comando de Acción Preventiva (CAP) . Por otra parte, también en declaraciones realizadas al mismo diario, otro de los policías afirmó «pide cinco detenidos todos los días, menos el sábado que quiere siete y los martes baja por es un dia «colados». Entonces vos el domingo a la mañana le llenás la patrulla, pero son chicos que vienen de bailar», en relación a las órdenes del Comisario del Precinto 3.
A modo de cierre.
Durante el año 2004, en la ciudad de Córdoba se realizaron 5.201 detenciones por aplicación del Código de Faltas, frente a 909 realizadas por imputaciones por hechos delictivos. Durante los primeros 6 meses del año 2005, las detenciones por contravenciones en los 5 distritos en que está dividida la ciudad fueron 8.968. Es decir que sólo en la primer mitad del año, casi se duplicaron las detenciones de todo el año anterior.
La multiplicación de las detenciones por contravenciones, el altísimo porcentaje de detenciones aplicando la figura del merodeo y las confirmaciones policiales de las órdenes de detener arbitra-riamente en función de llenar cupos diarios de detenciones como indicador de eficacia, constituyen una preocu-pación central de muchas de las organizaciones sociales, en particular, aquellas que trabajan con jóvenes de los barrios pobres de la ciudad de Córdoba.
Una política de seguridad que profundiza la exclusión, que se sostiene en una herramienta legal que viola garantías constitucionales básicas, que circuns-cribe la noción de seguridad a la defensa social contra el delito fundada en la violación de derechos de los sectores económicamente más desfavorecidos constituye una situación de violencia institucional permanente. Si a esto le sumamos que a quienes «se les pintan los dedos» se les disminuye aún más sus posibilidades de ingreso al mercado laboral (ya que las contravenciones aparecen en los certificados de buena conducta que emite la policía), la situación que describimos constituye una problemática que requiere del debate público y de medidas que tiendan a disminuir la discrecionalidad del aparato represivo estatal.
Contacto
Comisión Intersectorial de Observación y Seguimiento de la Situación Carcelaria en Córdoba
Casa del Liberado: 0351-4577205 / 155920620/ 155394147/ 155936616
Dr. Gustavo Cosacov, [email protected];
Dr. Jorge Perano, [email protected]
Prof. Mirta Antonelli, coordinadora [email protected]

Nota

La muerte ocurre en vida: se fue Mary, jubilada que no recibía medicamentos oncológicos

Publicada

el

Con poquito aportás muchísimo ¡Sumate!

Este domingo a la madrugada murió María Teresa López, asambleísta contra la contaminación en su ciudad natal, Caleta Olivia, luego mudada a Capital Federal y parte del grupo Jubilados Insurgentes. Mary se enfermó de cáncer producto de la contaminación que ella misma denunciaba, y luego fue abandonada por el Estado en modo motosierra: el PAMI se negaba a entregarle medicamentos, pese a amparos judiciales a su favor. Una historia que genera bronca e impotencia, pero que a través del recuerdo de sus compañeras de lucha se revela como una lección de vida, en el más profundo sentido de la palabra: lo colectivo frente a lo personal, la idea de no perder el tiempo, la movilización permanente, la generosidad, la sabiduría, y qué es la muerte.

Por Franco Ciancaglini

Algunos dirán que Mary era bajita y otros que tenía el porte enorme de Nora Cortiñas.
Desde la pandemia solía esconder su sonrisa detrás de un barbijo, aunque sus motivos de alegría eran cada vez menos:

  • su salud era cada vez más delicada;
  • los medicamentos oncológicos no llegaban;
  • y la lucha que encaró desde siempre —primero en su Caleta Olivia natal contra la contaminación, luego contra el sistema de salud público y, al final, como parte del grupo Jubilados Insurgentes— cada vez implicaba poner más el cuerpo.

Fue su cuerpo lo que, este domingo 21 de julio, dijo basta.

Mary se convierte así en algo odioso: un símbolo. Un símbolo de la muerte sistemática que genera un sistema que enferma y abandona. Pero también en un símbolo de lucha por la vida, en el sentido más profundo de la palabra.

La muerte ocurre en vida: se fue Mary, jubilada que no recibía medicamentos oncológicos
Mary junto a Nora Cortiñas.

Contaminada

María Teresa López nació en 1959 en Caleta Olivia, Santa Cruz. Falleció el domingo pasado a sus jóvenes 67 años, en un hotel de la calle La Rioja, en Once, ciudad de Buenos Aires. Sí: vivía en un hotel. Sola, producto del desarraigo que le produjo tener que trasladarse para atenderse de un cáncer de hígado.

Ese fue el diagnóstico médico: una metástasis que avanzó en el último tiempo al ritmo frenético de una motosierra.

La causa que no figura en su partida de defunción es aquella que ella misma denunció hasta el final: a Mary le negaban medicamentos oncológicos indispensables para su tratamiento.

Lo que tampoco figura en su partida es que Mary fue arrancada de su Caleta Olivia natal porque se enfermó, al igual que decenas de personas de esa localidad, producto de la contaminación del agua por actividades extractivas en la zona.

Contaminada

La vida de Mary fue la de una militante social de una estirpe rara: austera, firme, silenciosa, estudiosa, imparable.

Sus compañeros reconstruyen sus historias: que de chica le hicieron un test de inteligencia y un profesional le dijo a su madre que ella era más o menos superdotada; que seguramente podría hacer dos carreras universitarias a la vez; que terminó la secundaria antes de tiempo y luego cursó dos carreras; que se enganchó con el ambientalismo muy joven y empezó a investigar cuando las empresas petroleras negaban la contaminación de las napas de agua.

Formó parte de la Asamblea Ambiental de Caleta Olivia, desde donde luchó sin descanso contra la contaminación provocada por el fracking. Mucho antes de enfermarse, denunciaba que el agua que llegaba a las casas estaba contaminada con petróleo. Lo sabía por la evidencia científica más contundente que tiene una comunidad contaminada: que sus vecinos, familiares y amigos enfermen y mueran.

La muerte ocurre en vida: se fue Mary, jubilada que no recibía medicamentos oncológicos
En Plaza de Mayo, con una bandera contra la megaminería contaminente en Chubut.

Ante los medios Mary describía lo que vivía y veía alrededor: “La gente se muere o queda discapacitada”. En una entrevista para el programa Conciencia Solidaria, precisaba sobre su territorio:

  • “Caleta Olivia… tiene un problema grave: falta de agua potable, y encima está contaminada por la industria petrolera. Los muestreos de agua que hemos sacado y analizado han dado positivo: está contaminada el agua que estamos tomando.”
  • “La situación es muy grave, se está muriendo muchísima gente de esas 11 localidades, 9 están en terrible condición… además tuvimos un caso muy grande de gastroenteritis que afectó a 340 personas”.
    También contextualizó el vínculo entre agua contaminada y salud pública: “Los metales pesados son cancerígenos, mutagénicos, van mutando de una generación en otra… nacen chiquitos con problemas… o fallecen de cáncer».

Denunciaba en Caleta Olivia la presencia de hidrocarburos, arsénico y metales pesados en el agua, además de enfermedades poco frecuentes que, como decía ella, “no tienen cura” y crecen en esa región patagónica. Alertaba con claridad: “No es solamente cáncer, sino Enfermedades Raras o Poco Frecuentes. Muchos pacientes no están bien atendidos… La situación se agrava cuando se trata de estas patologías: solo se ofrecen tratamientos paliativos.”

Un mal día le tocó a ella, ya con la certeza profunda de que la contaminación ambiental fue parte del combustible de su cáncer de hígado.

En agosto de 2015, en un foro en defensa del agua organizado en Comodoro Rivadavia, otras asambleístas como Lidia Campos, de la asamblea contra el fracking de Allen (Río Negro), la conocieron personalmente luego de años de tramar resistencia contra el extractivismo: “En el Foro en Comodoro había gente de todos lados… Y estaba Mary, que ya tenía problemas, como un problema en la boca del estómago… No se sabía bien… Uno tapa esas cosas y habla de la lucha, la salud quedaba en segundo plano. Mary no era de hablar de lo personal; siempre se preocupaba más por lo colectivo».

La muerte ocurre en vida: se fue Mary, jubilada que no recibía medicamentos oncológicos
Lidia y Mary, durante el acampe del Malón de la Paz en Buenos Aires, hace dos años.

La describe así: “Era menuda, callada. Pasaba desapercibida. Pero cuando abría la boca, te dejaba con la boca abierta. Sabía muchísimo. Y tenía una convicción inquebrantable.”

Recuerda Lidia que, en 2019, Mary pasó de la denuncia mediática a la judicial: presentó un amparo colectivo ante la Corte Suprema contra la contaminación del agua con hidrocarburos, arsénico y metales pesados. Denunciaba así, ante el máximo tribunal argentino, el abandono del sistema cloacal, basurales a cielo abierto, y exigía la puesta en marcha de una planta de ósmosis inversa paralizada (actualidadjuridicaambiental.com). En ese expediente Mary detallaba:

  • “Frecuentes interrupciones en el suministro… agua contaminada con hidrocarburos totales y arsénico… napas freáticas contaminadas por fracking…”.
  • Solicitaba medidas cautelares urgentes: provisión gratuita de agua apta, saneamiento cloacal, cierre de basurales y puesta en funcionamiento de la planta de ósmosis inversa.

Esa presentación inédita, que firmó ella misma, reflejaba años de trabajo comunitario, denuncias y… enfermedades. Pero su denuncia fue ignorada, archivada y judicialmente ninguneada: tras seis años, la Corte se declaró “incompetente” y desestimó el recurso, sin resolver la situación de fondo.

Mary no se rindió: en 2020 fue caminando hasta Balcarce 50 para presentar a través de Mesa de Entradas de la Casa Rosada una carta firmada por una red de organizaciones en defensa del agua dirigida a Alberto Fernández, denunciando la contaminación del agua y relacionándola lúcidamente con argumentos que el ex Presidente daba como recomendaciones durante la pandemia.

Lidia Campos es la que recupera y comparte a lavaca este documento, y la que como asambleísta define su legado: “Lo que ella hizo fue histórico. Vale la pena hablarlo para las próximas generaciones… En esta época hemos perdido tanta humanidad que a nadie le importa. Pero acá hay alguien que dio su vida. Dio, literalmente, su vida.”

El último recuerdo que Lidia conserva data del 14 de julio de 2023, durante una jornada de lucha contra Mekorot, la empresa nacional de agua israelí que intentaba desembarcar en Argentina con intenciones sospechosas. Relata Lidia: “Ella estaba afuera del Anexo del Congreso con los Jubilados Insurgentes para protestar… Después fuimos a una confitería. Le pregunté si había comido al mediodía… no había comido nada. Le sugerí unos tostados o medialunas con queso. Pidió un té. Cuando llegó lo que pedimos, no lo pudo comer”. Igual, se sacaron esta hermosa foto compartiendo. Y ese mismo día, antes de despedirse, Mary le regaló una pashmina rosa a Lidia para protegerla del frío.

La muerte ocurre en vida: se fue Mary, jubilada que no recibía medicamentos oncológicos
Carlos Ponce, Mary y Lidia Campos: una amistad atravesada por la lucha ambiental del sur del país.

Abandonada

Cuando se enfermó y vio que su asamblea se desarmaba –entre otras cosas precisamente porque muchos enfermaban- Mary se trasladó a Buenos Aires. Pretendía resistir y atenderse bien, cosa que logró durante muchos años: su lucha logró que PAMI le asignara el Hospital Italiano para su tratamiento.

Tuvo un cáncer controlado que se descontroló al ritmo del deterioro del sistema de salud: primero Macri, luego Fernández, la pandemia y finalmente Milei como garrotazo final.

Desde 2023 su situación empeoró drásticamente. Su compañera Zulema, de Jubilados Insurgentes, relata: “El PAMI decía que tenían medicamentos para esa patología, pero no eran los que había indicado su médica… entonces no los aprobaban. A veces los recursos judiciales salían favorables, pero el PAMI tampoco los entregaba. La impotencia era terrible».

Sino miren este video.

María Teresa López dice claramente: “El mecanismo es simple: es eliminarnos, gastando menos… llegar al déficit cero… matándonos.”

El video la muestra junto a sus compañeros de Jubilados Insurgentes en un reclamo frente al PAMI por sus medicamentos.

Sigue: “Es más fácil eliminarnos de manera nefasta e inhumana… Para mí ustedes son asesinos, y les importa un bledo”.

Hoy, un año y mes después, Mary tenía razón.

Zulema continúa: “Ella no podía hacer la quimio porque la droga fundamental no estaba… íbamos al PAMI con compañeros, hacíamos reclamos, pero no facilitaban nada. Cuando le autorizaban un tratamiento de ocho sesiones, solo le entregaban dos dosis. Nos confesaron que no se molestaban en dar el tratamiento completo porque muchos morían antes… Pero Mary resistía, resistía… llegó un momento en que el cuerpo no resistió más».”

Una de las últimas veces de manifestación ante el PAMI, sin Mary, el personal de seguridad preguntó por ella en la puerta: “¿Cómo está Mary?”

La respuesta era obvia: mal.

Insurgente

Pese al deterioro físico, Mary se unió a los Jubilados Insurgentes. Entendió que el sistema no solo descarta a quienes enferma, sino también a los que ya no pueden “producir”.
Zulema recuerda: “¡Tenía un carácter! Ese carácter es el que la hizo resistir cuando muchos se daban por vencidos”.

Llegó a ese espacio dos años atrás, íntimamente vinculada con su enfermedad. “Se metió en todo lo legal… recursos, fiscalías, Comodoro Py… sabía de litigio ambiental”, dice Zulema.

El 12 de junio de 2024, durante la lucha contra la Ley de Bases, estuvo firme en Plaza los Dos Congresos. “Nosotros la cuidábamos porque estaba débil, pero se escapaba, quería seguir.” Conocía a todos. “Era muy luchadora. Y hablaba con energía. Siempre nos pedía que unamos las luchas».

Lo que posiblemente sea su último legado lúcido: unir las luchas del ambientalismo con las banderas de los jubilados.

Sobre su convicción, Zulema dice: “Cualquier cosita que ella hacía la asumía con total responsabilidad… vino con cartulina, se traía el cartel… Cuando asumió Milei hizo un cartel que decía ‘Toda la clase política es responsable de la debacle del país’, lo diseñó ella misma”.

La muerte ocurre en vida: se fue Mary, jubilada que no recibía medicamentos oncológicos
Un cartelito que le hicieron tras su muerte, Clarisa y Agus, que lo dice todo: «Se lo hicimos porque ella era doña cartelitos, y lo dejamos con ella».

Otra anécdota: “Una vez vino a una reunión, con anotador en mano, ya predispuesta. Algunos comenzaron a hablar de su vida personal, y se enojó. Se levantó, juntó sus notas y se fue. Dijo: ‘acá se pierde tiempo, no van a llegar a nada’. Pero volvió. Con dramas y todo, no quería perder el tiempo: estaba alerta. Era consciente de que la tarea era enorme, y le ponía ímpetu”.

Mary sabía que no le quedaba mucho tiempo y por eso nunca bajó la guardia.

Siguió yendo cada miércoles a las rondas frente al Congreso, siempre con barbijo, para cuidarse y cuidar. Participó del Malón de la Paz, llevó agua, militó con grupos ambientalistas, jubilados y religiosos. Organizó actos, escribió cartas, e insistía en que el 22 de marzo, Día Mundial del Agua, había que salir a las calles. Siempre. Aunque lloviera, aunque doliera.

Porque Mary enseló que la muerte no es algo que ocurre al final: es eso que va sucediendo en vida ante la indiferencia, el silencio de los tribunales, el apagón de las protestas, la descomposición del cuidado, la impunidad de los contaminadores y la complicidad del silencio.

La muerte es el abandono.

La muerte es el olvido.

Y en ese sentido, Mary sigue más viva que nunca.

odas las agrupaciones de jubilados que se juntan los miércoles a protestar en Congreso, preparan un homenaje a Mary y, a través de ella, “a todas las víctimas del sistema y de este plan siniestro de exterminio de los más vulnerables”.

Será mañana, después de la marcha, en un acto en Plaza de Mayo.

Mary: gracias.

Hasta mañana.

Seguir leyendo

Nota

Pablo Grillo: llaman a indagatoria al gendarme Guerrero a seis meses de un disparo criminal

Publicada

el

Con poquito aportás muchísimo ¡Sumate!

El 2 de septiembre el gendarme que disparó una granada de gas lacrimógeno por fuera de todos los protocolos de la fuerza deberá comparecer ante la justicia. La decisión la tomó la jueza María Servini de Cubría más de cuatro meses después del hecho. Pablo Grillo luchó por su vida, perdió masa encefálica y hoy se encuentra en plena rehabilitación. Todo lo que deberá explicar Héctor Guerrero y que implica a su principal defensora y la responsable de la violencia estatal: Patricia Bullrich.

Por Francisco Pandolfi y Lucas Pedulla. Foto: Juan Valeiro para lavaca.org

Cuatro meses y una semana pasaron desde el miércoles 12 de marzo. Ese día, durante otra violenta represión a la marcha de jubilados y jubiladas, el Gendarme Héctor Guerrero le disparó fuera de toda legalidad una granada de gas lacrimógeno al reportero gráfico Pablo Grillo, cuyo impacto casi lo mata, y por el que perdió parte de la masa encefálica, estuvo casi tres meses internado en terapia intensiva en el Hospital Ramos Mejía y por el que hoy continúa en proceso de rehabilitación. Cuatro meses y una semana pasaron hasta hoy, lunes 21 de julio, en el que la jueza María Servini citó a indagatoria al gendarme, autor material de lanzamiento, para el próximo 2 de septiembre.

Es decir: entre la ejecución y la audiencia habrán pasado 131 días, casi seis meses, casi medio año. 

El camino de la in-justicia

En un primer momento, la jueza había rechazado el expediente y el caso había pasado al Juzgado Federal N° 12, donde tramitaba otra denuncia por los mismos hechos. Como ese juzgado estaba vacante y subrogado por Ariel Lijo, quien también se declaró incompetente y declinó la competencia, el expediente regresó al Juzgado N° 1 el 28 de marzo y la jueza Servini lo tiene en sus manos desde el 10 de abril, a la vuelta de una licencia. 

La cronología detalla el tiempo que una familia debe atravesar para exigir justicia por un hecho de violencia estatal: desde el 21 de marzo en que el papá, la mamá y el hermano de Pablo se presentaron en la causa como querellantes, solicitaron se llame a Guerrero a declarar “en calidad de imputado, por tentativa de homicidio agravado por abuso funcional, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público”. Pero no hubo respuesta. Por eso, el 6 de junio, reiteraron el pedido con estos argumentos: “Desde el inicio de la investigación, todas y cada una de las pruebas recabadas por el Juzgado corroboran lo que planteamos en nuestra querella del 21 de marzo: el cabo primero Héctor Jesús Guerrero de la Gendarmería Nacional Argentina fue el autor del disparo de la pistola lanzagases que hirió de gravedad a Pablo Grillo el 12 de marzo a las 17.18hs”. Y agregaron: “En el pedido que presentamos ante la jueza Servini ofrecemos una descripción de los hechos y un análisis pormenorizado de los elementos de prueba existentes hasta el momento”.

Y no hubo dos sin tres: el 15 de julio se le volvió a exigir al Juzgado que lo cite a Guerrero. 

Y la tercera fue la vencida: este lunes, Servini citó a prestar declaración indagatoria al cabo Guerrero como autor del disparo con cartucho de gas lacrimógeno calibre 38mm que impactó en la cabeza de Pablo Grillo. La audiencia será el 2 de septiembre a las 10. 

Guerrero es el primer efectivo formalmente imputado en la causa por el operativo policial del 12 de marzo. 

Desde la querella informaron: “El juzgado ordenó la realización de una pericia balística a cargo de la División Balística de la Policía de la Ciudad para reconstruir con el mayor nivel de precisión técnica posible el disparo que hirió de gravedad a Pablo. Si bien la jueza consideró que ya existen elementos de prueba contundentes respecto de la responsabilidad de Guerrero para esta instancia, sostuvo que la pericia es necesaria para afianzar la reconstrucción de la dinámica del hecho”.

 La pericia tendrá como objetivos precisar:

-La trayectoria y velocidad del proyectil que impactó en la cabeza de Pablo Grillo;

-La posición del arma al momento de efectuarse el disparo y el ángulo de salida del proyectil; 

-Analizar si el proyectil impactó previamente contra otra superficie, y si eso alteró su dirección o energía.

-Las ubicaciones de Grillo y de Guerrero al momento del disparo.

El juzgado también ordenó, previo a la pericia, una inspección en el lugar del hecho (la esquina de Hipólito Yrigoyen y Solís) que incluirá un relevamiento fotográfico terrestre y aéreo y la elaboración de un croquis detallado de la escena. 

Además, le prohibió a Guerrero la salida del país.

Compartimos el perfil de Pablo que realizamos en la edición 203 de MU.

Seguir leyendo

Nota

De la idea al audio: taller de creación de podcast 

Publicada

el

Con poquito aportás muchísimo ¡Sumate!

Todos los jueves de agosto, presencial o virtual. Más info e inscripción en [email protected]

Taller: ¡Autogestioná tu Podcast!

De la idea al audio: taller de creación de podcast 

Aprendé a crear y producir tu podcast desde cero, con herramientas concretas para llevar adelante tu proyecto de manera independiente.

¿Cómo hacer sonar una idea? Desde el concepto al formato, desde la idea al sonido. Vamos a recorrer todo el proceso: planificación, producción, grabación, edición, distribución y promoción.

Vas a poder evaluar el potencial de tu proyecto, desarrollar tu historia o propuesta, pensar el orden narrativo, trabajar la realización sonora y la gestión de contenidos en plataformas. Te compartiremos recursos y claves para que puedas diseñar tu propio podcast.

¿A quién está dirigido?

A personas que comunican, enseñan o impulsan proyectos desde el formato podcast. Tanto para quienes quieren empezar como para quienes buscan profesionalizar su práctica.

Contenidos:

  • El lenguaje sonoro, sus recursos narrativos y el universo del podcast. De la idea a la forma: cómo pensar contenido y formato en conjunto. Etapas y roles en la producción.
  • Producción periodística, guionado y realización sonora. Estrategias de publicación y difusión.
  • Herramientas prácticas para la creación radiofónica y sonora.

Modalidad: presencial y online por Zoom
Duración: 4 encuentros de 3 horas cada uno
No se requiere experiencia previa.

Docente:

Mariano Randazzo, comunicador y realizador sonoro con más de 30 años de experiencia en radio. Trabaja en medios comunitarios, públicos y privados. Participó en más de 20 proyectos de podcast, ocupando distintos roles de producción. También es docente y capacitador.

Seguir leyendo

Lo más leido

Anticopyright lavaca. Todas nuestras notas pueden ser reproducidas libremente. Agradecemos la mención de la fuente.

Vistas el día de hoy: 39.541