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Lucía Pérez: cuando el poder judicial actúa como muchos femicidas

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El femicidio de Lucía Pérez tuvo una primera sentencia en Mar del Plata en la que se condenó a los autores no por el crimen, sino por tenencia y venta de estupefacientes: 8 años y 135.000 pesos de multa. Los jueces excluyeron el contexto de violencia contra una menor de edad sometida a las drogas y, al contrario, se dedicaron a escrutar el supuesto pasado de Lucía, señalando a una víctima de 16 años por tener vida sexual, por no ser “sumisa” o por “tener carácter”. La familia ya anunció que apelará en todas las instancias, dispuesta a llegar a los tribunales internacionales por incumplimiento del Estado Argentino de pactos sobre derechos humanos de las mujeres. El caso de la fiscal que mintió sobre la causa de la muerte. Los jueces que se escudaron en Cristina Kirchner y María Eugenia Vidal para argumentar que la brecha entre hombres y mujeres no existe.
Matías Farías, 25 años, y Juan Pablo Offidani, 43, fueron absueltos por la violación y el asesinato de Lucía Pérez Montero, 16 años, ocurrida el 8 de octubre de 2016. Así lo dictaminó el Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 de Mar del Plata, compuesto por Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Pablo Viñas.
La acusación presentada por el fiscal Daniel Vicente pedía la prisión perpetua de Farías como autor de «abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio, con el agravante del suministro de estupefacientes a una menor» pero los jueces descartaron ese delito y condenaron a Farías y Offidani a ocho años de cárcel (por lo que seguirán presos por ahora) y una multa de 135.000 pesos por tenencia y venta de estupefacientes. Lucía, según esta mirada del llamado Poder Judicial, murió por una sobredosis. No hay respuesta, entre tantas, sobre quién sobredosificó a la menor de edad para que terminara muriendo. Y evidentemente eso no es considerado un delito.
Guillermo Pérez, el padre de Lucía, dijo al conocer la sentencia: “Este tribunal no entiende nada de violencia de género”.
“La justicia hace lo que hacen muchos femicidas: borrar el rostro de humanidad de la víctima, desechar su vida en una bolsa de basura o dejarla abandonada” explica a lavaca Laurana Malacalza, llamada como testigo experta al juicio por su rol como coordinadora del Observatorio de Violencia de Género de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires.
“Es una actitud sin ningún reconocimiento de parte de la justicia de la condición de víctima y de sujeta que tuvo Lucía. Sin embargo, lo que le interesó a los jueces es analizar su pasado de vida, dar cuenta de que tenía una vida sexual activa, como tenemos todos, pero el fallo no explica que eso no justifica que un varón adulto mayor se aprovecha de esa situación y que el aprovechamiento de esa situación provoque la muerte”, argumenta Malacalza.
“Entendíamos que si no se juzgaba la muerte de Lucía como femicidio, al menos se enmarcara el abuso sexual en un contexto de violencia de género”.
¿Por qué no se juzgó como femicidio? Dice la funcionaria: “Para que un delito sea femicidio tiene que haber un dolo, una búsqueda de matar. En caso de que Farías no tuviese esa intención, lo que no pudo haber descartado es que podía ocurrir eso si le daba la cantidad de drogas que le daba y mantenían relaciones sexuales mientas le daba droga. Podía ocurrir un hecho así, con una menor de edad”. El otro elemento que recuerda Laurana es que Farías había dado más estupefacientes a Lucía para endeudarla y exigirle sexo como contrapartida: “Por eso la carátula que apoyó el abogado de la familia fue Abuso sexual agravado seguido de muerte en concurso ideal con femicidio”.
Marta, la madre de Lucía, no encontraba palabras: «Es una vergüenza que los condenen por tenencia de drogas y no por la muerte de Lucía». Un tercer acusado, Alejandro Maciel, 61 años, fue absuelto por el delito de encubrimiento.
El defensor del pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, rechazó también el fallo porque “naturaliza la violencia contra las mujeres”. «La impunidad frente a la muerte o el asesinato de una mujer alienta nuevos abusos, y también transmite el mensaje de que la violencia contra la mujer es aceptable o normal».

La escena del crimen

¿La brecha no existe?

Laurana Malacalza por su lado plantea que la sensación es desoladora. “Habíamos enviado un informe para que el tribunal tuviera claves interpretativas del propio Código Penal que diferencia un crimen ‘cuando mediare violencia de género’. Pero cuando me tocó ir a declarar, por las preguntas que me hacían, me di cuenta que iba a ser muy difícil incorporar la perspectiva de violencia contra las mujeres”.
Ese día Laurana planteó que “la subordinación de la mujer es una cuestión histórica”.
El juez Viñas le contestó: “¿A qué se refiere con que es histórica? ¿De dónde saca eso? ¿Es una teoría suya?”
Luego el juez Carnevale negó la existencia de desigualdades: “Acá hay una defensora que es mujer, una secretaria de juzgado que es mujer. Acá hay mujeres que lograron acceder a lugares de poder. Está usted, que tiene un montón de títulos” le dijo a Laurana. Viñas agregó a la defensiva: “No todos los hombres somos iguales”, como si el acusado fuese él. Carnevale completó el despropósito: ”Tuvimos una presidenta mujer, tenemos una gobernadora: esa brecha hoy no existe”.
Laurana Malacalza sostiene: “La sentencia luego no analizó el contexto en el que se dan estos hechos, que tiene que ver con un contexto de una dominación histórica de los varones con respecto a las mujeres, sobre todo cuando esa dominación se acrecienta por la edad de la víctima y el contexto de vulnerabilidad en que ocurre, que es el contexto del consumo de drogas. A partir de eso no es posible considerar que haya un consentimiento de parte de una menor de edad adolescente, porque ese consentimiento no daría cuenta de una situación de igualdad o paridad entre varón y mujer. No se puede hablar de una libre autonomía sexual”.

Culpar a la víctima

Agrega la funcionaria: “La sentencia juzga un delito de venta de droga que es un delito contra la salud pública, un delito sin víctima, donde la víctima es la salud pública. No se considera la historia de vida de Lucía ni su condición de adolescente en ese contexto. Cuando se la considera es para reforzar la victimización, planteando su pasado sexual, indaga sobre eso, algo rechazado por todos los estándares internacionales de derechos humanos: no se debe hurgar en el pasado de las víctimas, sino juzgar el hecho en particular. Porque de lo contrario, algo de la esfera de lo privado termina siendo usado por la propia justicia para legitimar un hecho contra la integridad sexual y contra la propia vida de la víctima”. En la sentencia se plantea que Lucía no era “sumisa”, que tenía carácter y que tenía vida sexual activa. Es todo un alegato que parece frivolizar que una menor de edad murió en manos de tres sujetos que la drogaron.
“Por eso se explica que esa sentencia haya sido como fue. Lo que es completamente desechado por la justicia es la vida de Lucía. No se encuentra ninguna investigación ni causal que diga cómo murió, por qué murió. Que haya muerto por sobredosis, que es la causal física, no explica el contexto en que ocurrió en esa muerte. Eso es lo que daría un mensaje de no impunidad desde el punto de vista de dominación y violencia hacia las mujeres”.
Otro argumento de Malacalza: “Aunque el caso no hubiese sido juzgado como femicidio, podría haberse explicado la situación en los fundamentos de la sentencia. Un contexto de aprovechamiento y dominación de un varón con respecto a una mujer. En la sentencia dice que había “solamente“ 7 años de diferencia, pero 7 años en una nena de 16 respecto a un varón de 23 que es el proveedor de drogas que la había endeudado dándole más droga de la que ella podía comprar para seguir manteniendo con ella un vínculo de carácter sexual”.
“¿Como eso no queda visibilizado en algún momento de la sentencia?” se pregunta Malacalza: ”Quiere decir que cualquier varón puede abusar sexualmente de una niña. ¿Cómo no va a ser considerado un abuso sexual cuando hay un varón adulto que posee el cuerpo de una menor? ¿Cómo van a hablar de igualdad, de consentimiento?”

La mentira fiscal

Otro aspecto de la sentencia es la denuncia que hacen los jueces sobre la primera fiscal del caso, María Isabel Sánchez, quien brindó una conferencia de prensa relatando detalles escabrosos sobre el modo en que Lucía fue muerta (habló de empalamiento, entre otras cosas), lo cual fue luego desmentido por las pericias médicas.
Dice la sentencia: “La fiscal Sánchez movió a un país. Y movió a un país a partir del dolor y del horror derivados de una mentira. Dando cuenta de un hecho atroz a partir de un mensaje en conferencia de prensa que no hizo más que provocar indignación”. Sánchez fue apartada del caso, y en Mar del Plata sólo hay rumores sobre su actitud de falsificar detalles de la muerte de Lucía, en busca de un ascenso.
“Pero que no haya existido lo que dijo la fiscal no quiere decir que no haya existido el abuso” expresa Malacalza. “Parecería que tiene que haber una lesión física, una
huella marcada en el cuerpo de Lucía, para que lo consideremos violencia. Entonces lo dan como consentimiento”.

Contra el Estado

Hacia adelante: “Va a hacerse la apelación. Esto recién empieza” describe Malacalza. “Y si hace falta se llegará a las instancias internacionales denunciando al Estado Argentino y al provincial por no haber incorporado la perspectiva de género en sus prácticas judiciales. Esto no es un reclamo del movimiento feminista, ni un capricho, sino que el Estado nacional y el provincial deben cumplir con una obligación al haber firmado convenciones vinculadas a los derechos de las mujeres en el sistema interamericano y de la ONU. Incorporar esa perspectiva de género es la que haría que al menos no exista la impunidad”.

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Lucía Pérez: la lucha para que al femicida Matías Farías no le bajen la condena

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(por Evangelina Bucari desde Mar del Plata, para lavaca)

Casi una década después del crimen que conmocionó a la Argentina y dio origen al primer Paro Nacional de Mujeres, el caso de Lucía Pérez enfrenta un nuevo capítulo judicial y otra instancia de revictimización para su familia, que ya atravesó todo tipo de maltratos en la búsqueda de justicia por el narcofemicidio de su hija de tan solo 16 años. (Foto de portada, Marta Montero y Guillermo Pérez, padres de Lucía, junto al abogado Juan Pablo Gallego)

En los tribunales de la calle Almirante Brown, en Mar del Plata, se lleva adelante una audiencia de cesura, un proceso de dos jornadas para determinar una nueva pena para Matías Farías, condenado por femicidio pero beneficiado el año pasado por un polémico cambio de carátula que hora le permitirá recibir una sentencia significativamente más baja que la prisión perpetua que cumplía.  

Tras un primer día (el miércoles 29 de abril) marcado por las declaraciones testimoniales que buscaron trazar el perfil del condenado y el impacto del crimen, la segunda jornada estará centrada en los alegatos finales de las partes.

El eje de la controversia radica en un fallo de 2025 de María Florencia Budiño y Víctor Violini, integrantes del Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires, quienes resolvieron que el asesinato de Lucía no constituyó un femicidio, sino un “abuso sexual agravado”.

Esta reconfiguración del delito tiene consecuencias directas en la condena: mientras que el femicidio conlleva prisión perpetua, la nueva carátula reduce el rango de la pena a un espectro de entre 8 y 20 años de prisión.

La querella, encabezada por el abogado Juan Pablo Gallego, adelantó que tanto la fiscalía como ellos pedirán la pena máxima posible. Sin embargo, aclaró que también plantearán una vía alternativa: “De manera subsidiaria, vamos a sostener la figura de femicidio, porque entendemos que la orden de Casación ha quedado abstracta”.

Sobre lo ocurrido en la primera jornada, el abogado destacó que “solo declararon los padres de Lucía”, y que Marta Montero, la madre, “tuvo una posición muy categórica, responsabilizando al Estado por el daño que viene padeciendo la familia”.

Gallego también cuestionó con dureza a la defensa: “Presentaron dos testigos falsos que terminaron en un papelón, en un contexto de muchísimo agravio hacia la víctima”. Pese a ese escenario, aseguró que la querella se retiró conforme con el desarrollo de la audiencia y con expectativas de cara a los alegatos finales.

En medio de esta tensión, la causa sumó otro giro relevante. Juan Pablo Offidani, condenado como partícipe secundario, vio revocada su libertad condicional hace apenas unos días. La Cámara de Apelación y Garantías hizo lugar al recurso del fiscal y la familia, y determinó que no se cumplían las condiciones para su excarcelación.

Offidani, quien inicialmente había sido beneficiado con la libertad tras pasar nueve años detenido, ahora deberá someterse a un régimen de semilibertad estrictamente supervisado, con salidas diurnas limitadas y la prohibición absoluta de acercarse a menos de 200 metros de la familia Pérez Montero.

Lucía Pérez: la lucha para que al femicida Matías Farías no le bajen la condena

En la puerta del juzgado, familiares y manifestantes con el abogado Juan Pablo Gallego, que explica:“Estamos ante un caso en el que, por motivos que se desconocen o por relaciones de poder, se busca beneficiar a una persona claramente identificada como autor de un crimen que el Código Penal define como femicidio”.

Ni un paso atrás  

La defensa de la familia Pérez Montero advirtió que si el tribunal local no convalida la gravedad del crimen y el perfil peligroso del condenado, recurrirán a la Corte Suprema o incluso a instancias de justicia internacional.

En cuanto a los fundamentos del fallo que modificó la calificación del caso, Gallego fue contundente: “En casi todos los párrafos, la propia Casación reconoce que se trata de un delito en un contexto de violencia de género, por lo que no se entiende el motivo de haber descartado el femicidio”.

En esa línea, vinculó la decisión con una coyuntura política específica: “En ese momento –señaló– se hablaba de eliminar la figura del Código Penal, cosa que finalmente no ocurrió”. De todos modos, se mostró confiado en que esa interpretación pueda revertirse.

Fue enfático en afirmar que desde la familia “no vienen a inventar una verdad”, sino a mostrar que los hechos probados encajan perfectamente en la figura que intentó “borrar” la Cámara de Casación. “En la audiencia de cesura volvió a quedar acreditado, como en todas las resoluciones y los juicios, que inequívocamente existió femicidio”, remarcó el abogado. Por eso, consideró que “estamos ante un caso en el que, por motivos que se desconocen o por relaciones de poder, se busca beneficiar a una persona claramente identificada como autor de un crimen que el Código Penal define como femicidio”.

Marta, que desde el día uno no dejó de luchar por su hija y “por todas las Lucías”, tiene una pregunta muy sencilla para hacerle a la justicia: “Si lo que le hicieron a Lucía no es femicidio, ¿entonces qué es?”.

Cronología de 10 años de impunidad y lucha

2016: Lucía es drogada, violada y asesinada el 8 de octubre. Las pericias forenses confirmaron que la última penetración anal infligida a Lucía ocurrió mientras ella agonizaba. Tenía rastros de drogas en su sangre.

2018: un primer juicio «misógino» absuelve a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel, los tres implicados en la violación y el femicidio de Lucía, condenándolos solo por venta de drogas.

2020: Casación anula ese juicio por contener «intolerables prejuicios de género».

2023: en un segundo juicio, Farías es condenado a perpetua por femicidio. Y Juan Pablo Offidani recibió la pena de 15 años de prisión por resultar partícipe secundario del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes, y Alejandro Maciel, no recibió condena porque había fallecido en 2020.

2025: Un nuevo fallo de Casación “borra” el femicidio, e impone una audiencia de cesura para revisar la condena de Farías.

29 y 30 de abril de 2026: se desarrolla la audiencia de cesura.

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Cecilia Basaldúa: su cuerpo, en una fosa común

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Por Bernardina Rosini para lavaca.org

Desde Córdoba

Bajo la lluvia, debajo de un árbol, rodeados de las personas que los acompañan desde el femicidio de Cecilia Basaldúa, hace 6 años, sus padres hicieron una conferencia de prensa que no tendría que haber sido necesaria. Susana Reyes y Daniel Basaldúa debieran estar viviendo esta jornada de otro modo. Debieran poder decirle a su hija que la extrañan pero que lograron hacer justicia, que descanse en paz. En cambio, están parados en el cementerio de San Vicente de Córdoba Capital, en una ciudad que no es la de ellos, sin saber con certeza si el cuerpo que está allí es el de Cecilia.

Este sábado se cumplen seis años desde que apareciera el cuerpo de Cecilia Basaldúa en un codo de río de Capilla del Monte. Tenía signos de abuso sexual y estrangulamiento. Llevaba veinte días desaparecida. Era la peor noticia que podían recibir sus padres. Hoy reciben otra: Cecilia está enterrada en una fosa común, junto a desconocidos (según el reporte que les entregaron se tratan de “Silvia Becerra” y “Eduardo Arce”) en este cementerio. Nadie les avisó. No fueron notificados. No estuvieron presentes. No dieron su autorización.

Cecilia Basaldúa: su cuerpo, en una fosa común

«A nosotros nos mataron a nuestra hija y queremos justicia», dice Daniel. «Debe haber responsables, debe haber firmas, nombres de quienes han autorizado esto. Se tiene que encargar la misma justicia de dar con el o los asesinos pero también de los responsables de estos traslados del cuerpo. Ya sé cuál es su argumento: que nosotros sabíamos, y lo digo de nuevo acá: nosotros no sabíamos nada».

Susana apunta a los próximos pasos: «Queremos un ADN. Nosotros no tenemos la certeza de que allí está enterrada Cecilia. Es una incógnita».

Un cuerpo desaparecido

La abogada querellante Gisela Videla explicó lo que esa incógnita significa en términos jurídicos y humanos: «Desde una perspectiva de derechos humanos, el cuerpo de Cecilia, hasta que no se sepa efectivamente dónde está, es un cuerpo que está desaparecido. Si hoy nos dicen que en la morgue ya no está y estaría supuestamente acá, pero con una cadena de custodia rota, no sabemos efectivamente: el cuerpo de Cecilia está desaparecido hasta que se haga este ADN». Y agregó: «Desde el punto de vista humano, es una crueldad manifiesta y sistemática que se viene dando para con estos padres. Sigue siendo un ninguneo y un manoseo de una situación tan dolorosa como es la de perder a una hija y a seis años que no haya ni una persona imputada en relación al hecho en sí».

Para entender cómo se llegó hasta acá hay que volver a noviembre de 2021. Antes de que comenzara el juicio que finalizaría absolviendo a Lucas Bustos, la querella presentó por escrito su oposición explícita a que el cuerpo fuera retirado de la morgue judicial. La familia quería avanzar con pericias más exhaustivas. El escrito quedó en el expediente. El cuerpo fue enterrado igual.

La familia no supo nada de esto hasta octubre de 2024, en una reunión con la actual fiscal de la causa, Sabrina Ardiles –la cuarta en hacerse cargo de una investigación que pasó también por Paula Kelm, el fiscal de Cámara Sergio Cuello, Barrera y Nelson Lingua–. Ardiles les mostró un papel, un comunicado. El cuerpo de Cecilia no estaba en la morgue judicial como ellos suponían desde hacía cinco años.

Cuando la fiscal habló públicamente sostuvo que la familia había sido notificada. La abogada querellante Daniela Pavón lo desmintió: el oficio estaba en la causa desde noviembre de 2021, pero la querella no tuvo acceso al expediente de Bustos desde su elevación a juicio. No existieron las varias notificaciones que mencionó Ardiles. El cuerpo de Cecilia Basaldúa fue inhumado sin autorización, sin consentimiento, y en condiciones que los propios trabajadores del cementerio calificaron hoy como «extrañas».

Cecilia Basaldúa: su cuerpo, en una fosa común

¿Quién mató a Cecilia?

Cecilia no murió una sola vez. La mató uno o varios femicidas que todavía caminan libres. La mató una fiscal que apuró el cierre de la investigación, mantuvo en prisión dos años a un joven inocente y puso la firma para que se desarrollara lo que terminó siendo un simulacro de proceso judicial. La mató un sistema que apostó durante años a fiscales que demoraron, desgastaron y clausuraron posibilidades reales de avance en la causa. La mató la burocracia que perdió el oficio, o lo ocultó, o simplemente decidió que no importaba notificar a sus padres que el cuerpo de Cecilia sería retirado de la morgue y enterrado. Cada institución que intervino en esta causa dejó su marca sobre ella. Una cadena de violencias. Una cadena de femicidas.

Además de los cuatros fiscales, el cuadro de estos seis años es éste:

  • Cuatro policías presos por violencia de género, entre ellos quienes dirigieron la búsqueda y la investigación original.
  • Un imputado absuelto porque las pruebas no existían.
  • Un sospechoso principal -Mario Mainardi, la última persona que alojó a Cecilia en Capilla del Monte- que vendió sus pertenencias, borró mensajes, pintó la casa donde ella se hospedaba (donde se registraron once muestras positivas de luminol) y se mudó a Rosario: libre, sin imputación, sin investigación que lo alcance.
  • Y un cuerpo enterrado sin autorización, en una ciudad que no es la de su familia, en una fosa que no eligieron.

La Ley de Víctimas 27.372 existe para que nada de esto ocurra: garantiza el derecho a ser asesorado, a acceder a la justicia, a recibir protección y a ser escuchado durante todo el proceso penal. El Estado cordobés la violó en cada uno de esos puntos tal vez porque se entrena para lo contrario.

Al cerrar la jornada en el cementerio, Daniel y Susana repitieron el profundo agradecimiento a quienes siempre los acompañan, “la familia Basaldúa ahora es grande, y yo sé que Cecilia nos está dando fuerza, está por ahí dándonos fuerza”. Gran número de las mujeres presentes vinieron desde Capilla del Monte, traen su rostro y gritan “Cecilia Gisela Basaldúa, ¡Presente! ¡Ahora y Siempre!”

Este sábado la actividad continuaba en Capilla del Monte donde la Mesa de Trabajo «Justicia por Cecilia» convocó una movilización “por Memoria, por Verdad y Justicia, y para que los culpables de su femicidio sean condenados”.

La semana que viene, sus abogadas harán una presentación judicial para determinar responsabilidades en torno a las órdenes que se dieron para sepultar sus restos sin consultar a la familia.

Cecilia Basaldúa: su cuerpo, en una fosa común

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Adiós a Claudia Rodríguez: la Trans andina que propuso politizar el amor

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Referente del movimiento trans latinoamericano, activista, poeta, escritora y tanto más, escribió sobre su infancia, la militancia trans, la vida sexual y se autoproclamó Miss Sida en 2007. Claudia Falleció este 29 de Noviembre. Su pelea incluyó al pueblo mapuche, la educación pública, los sin techo, y planteó siempre una filosa crítica al neoliberalismo, que quita posibilidades de vida y las transforma solo en posibilidad de consumo. En uno de sus viajes a la Argentina compartió con la revista MU sus ideas sobre el orgasmo, el feminismo sin resentimiento, la creación, y por qué hay que politizar el amor. Un modo de homenajearla, de recordarla, y a la vez de volver a estar en contacto con un pensamiento y una acción que dejan una sensible huella cultural, artística y política.  

Por María del Carmen Varela

Foto: Lina Etchesuri

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